
¿Qué es?
El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 313 la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España- Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (Programa Kit Digital), (en adelante, las Bases Reguladoras), modificada posteriormente por la Orden ETD/734/2022 de 26 de julio (BOE número 181 de 29 de julio de 2022).
¿Qué ofrece el programa?
- Las empresas beneficiarias que soliciten estas ayudas recibirán un bono digital con una cuantía económica que podrán administrar según sus necesidades específicas, escogiendo una o varias categorías de soluciones de digitalización ofrecidas por empresas expertas (agentes digitalizadores) que desarrollarán los servicios del catálogo.
- Un marketplace de Soluciones de digitalización: la plataforma Acelerapyme de Red.es alberga un Catálogo de Agentes Digitalizadores Adheridos al Programa donde éstos hacen referencia a su oferta de soluciones de digitalización, accesible a los beneficiarios.
- Unos procedimientos pre-establecidos para justificación y pago de los servicios implantados por los Agentes Digitalizadores, mediante la definición de un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, que recogerá las características/funcionalidades a implementar, su plazo de ejecución o desarrollo, la entrega, las obligaciones entre ambos y para con el Programa y el importe del «bono digital» aplicable mediante cesión.
Se han creado tres convocatorias dirigidas a las empresas beneficiarias del Programa, según su tamaño:
Convocatoria | Plazo de solicitud | Dirigido a Empresas de… | Importe del Bono Digital |
C005/22-SI | del 15 de marzo de 2022 al 15 de marzo de 2023 | 10 a 49 empleados | 12000€ |
C015/22-SI | del 2 de septiembre de 2022 al 2 de septiembre de 2023 | 3 a 9 empleados | 6000€ |
C022/22-SI | 20 de octubre de 2022 al 20 de octubre de 2023 | 0 a 2 empleados | 2000€ |
¿A quién va dirigido?
Para poder acceder a estas ayudas, es importante que las pequeñas empresas, microempresas y autónomos cumplan unas exigencias mínimas recogidas en las bases del programa:
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
¿Cómo solicitar el bono digital?
Las empresas que quieren ser beneficiarias, deben seguir el siguiente proceso para poder acceder a las ayudas de Kit Digital:
- Acceder al área privada para registro en la plataforma Acelerapyme de Red.es y completar el Test de Autodiagnóstico. Esto permitirá conocer cuál es el nivel de digitalización que tiene la empresa para poder recomendarles servicios ajustados a sus necesidades.
- Consultar el Catálogo de Soluciones de Digitalización que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio. Podrás consultar en qué consiste cada una y el importe de la ayuda concedida para cada solución.
- Solicitar la ayuda o bono digital en la sede electrónica de Red.es una vez que estén publicadas las bases reguladoras que regirán cada Convocatoria.
Convocatorias abiertas
*Puedes encontrar el resumen de las 3 convocatorias en el enlace: https://red.es/es/actualidad/noticias/conoce-las-tres-convocatorias-del-programa-kit-digital